La Juez Penal de turno de San Carlos dispuso la condena de un hombre de iniciales P.D.O.V. como autor de un delito de contrabando, en reiteración real con un delito de soborno, a la pena de 9 meses de prisión que se cumplirán de la siguiente manera: 6 meses de prisión domiciliaria nocturna de 22 a 06 y 3 meses de libertad vigilada con las siguientes condiciones:
A- Constituir domicilio fijo.
B- Sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA.
C- Presentación en la seccional de su domicilio.
D- Cierre de Fronteras oficiándose a la Dirección Nacional de Migraciones.
Y la condena de un hombre de iniciales M.F.G.S. como autor de un delito de contrabando en reiteración real con un delito de desacato a la pena de 9 meses de prisión que se cumplirán de la siguiente manera 6 meses de prisión domiciliaria nocturna de 22 a 06 y 3 meses de libertad vigilada con las siguientes condiciones:
A- Constituir domicilio fijo.
B- Sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA.
C- Presentación en la seccional de su domicilio.
D- Cierre de Fronteras oficiándose a la Dirección Nacional de Migraciones.
Respecto a una mujer de iniciales M.F.A.B. dispuso la suspensión condicional del
proceso debido a cumplir las siguientes condiciones:
A- Constituir domicilio fijo.
B- Sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA.
C- Presentación en la seccional de su domicilio.
D- Cierre de fronteras oficiándose a la dirección Nacional de Migraciones, todo por el plazo de
6 meses.
El día 17 de Junio en la marco de los Operativos de Alto Impacto que se realizan en el Departamento, durante un control policial fueron detenidas dos camionetas con mercadería brasileña de contrabando, una de ellas marca Fiat se detuvo en la Ruta 39 Km. 87, intentando el masculino sobornar a la policía y la otra marca Fiat modelo Fiorino, que circulaba junto a la primera pero se había dado a la fuga fue avistada en la Ruta 9 a la altura del Km. 24 siendo perseguida e intervenida en Avenida Alvariza esquina El Virrey de la Ciudad de San Carlos.
Participaron en el Operativo personal del Área de Investigadores del Distrito III, Seccional 8va. y P.A.D.O, dando intervención a su vez a la Direccional Nacional de Aduanas.
Sometidos ante la justicia competente dispuso lo que luce al inicio.