Estas fueron las condenas por estafa y usurpaciones que dictó la justicia de Maldonado

Estas fueron las condenas por estafa y usurpaciones que dictó la justicia de Maldonado

La Fiscalía Departamental de Maldonado de 3.º turno logró la condena de dos de las cinco personas que habían sido detenidas tras un allanamiento realizado en una finca que ocupaban de forma irregular en un barrio de Punta del Este.

Se trata de un hombre, A.R.P de 72 años y una mujer, M.Y.B. de 42 años, quienes fueron condenados en proceso abreviado como autores penalmente responsables de un delito continuado de estafa, en concurrencia fuera de la reiteración, con reiterados delitos de usurpación agravados, estos últimos en régimen de reiteración real entre sí.

La Justicia dispuso para ambos una pena de 24 meses de prisión, la cual fue sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo, imponiéndose las siguientes obligaciones: residir en el domicilio denunciado y no modificarlo sin previo aviso a la Sede, orientación y vigilancia por parte de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas, presentación semanal en la seccional policial correspondiente, prestación de servicios comunitarios y arresto domiciliario total durante los primeros 10 meses de la condena.

Las otras tres personas detenidas en el procedimiento recuperaron su libertad.

¿Qué dice el código penal sobre el delito de usurpación?

Artículo 354

   (Usurpación)

   Será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría:

   1.o El que, con fines de apoderamiento, o de ilícito aprovechamiento, invade parcial o totalmente el inmueble ajeno;

   2.o El que, con fines de apoderamiento o de ilícito aprovechamiento,

remueve o altera los mojones que determinan los límites de un inmueble;

   3.o El que, con fines de apoderamiento o de ilícito aprovechamiento, desvíe el curso de las aguas públicas o privadas.

¿Qué dice el código penal sobre el delito de estafa?

Artículo 347

   (Estafa)

   El que con estratagemas o engaños artificiosos indujere en error a alguna persona, para procurarse a sí mismo o a un tercero, un provecho injusto, en daño de otro, será castigado con seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría.

El caso:

Un operativo policial culminó con la detención de cinco personas —dos hombres y tres mujeres, todos mayores de edad— en el marco de una investigación por la presunta usurpación de una vivienda denunciada ante la Seccional Décima.

Según supo REVISTA CERO, la denuncia fue presentada por una mujer que afirmó que su propiedad había sido ocupada sin autorización. De acuerdo con las actuaciones iniciales, el principal indagado sería una persona conocida en la zona por ocupar inmuebles sin abonar alquiler y retirarse únicamente tras procesos judiciales y órdenes de desalojo.

Referencias: https://www.impo.com.uy/bases/codigo-penal/9155-1933/347

Referencias: https://www.impo.com.uy/bases/textos-originales-ley/9155-1933/354

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