El Magistrado Penal de 4º Turno dispuso la condena de A.A.U.A de 57 años, como autor penalmente responsable de un delito de tenencia no para su consumo de sustancias estupefacientes, en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito de ofrecimiento comercial o venta de sustancias
genuinas por persona inhabilitada para ello, a la pena de 20 meses de prisión, a cumplirse en régimen de libertad vigilada de la siguiente manera: los primeros seis 6 meses bajo arresto domiciliario total, los siguientes seis 6 meses de arresto domiciliario nocturno en el horario de 2200’ a 0600’ del día siguiente; por todo el tiempo de la pena deberá cumplir con residir en domicilio especifico y someterse a la vigilancia de la Osla y ejercer una profesión u oficio.
La Brigada Departamental Antidrogas de la policía venía realizando una investigación en referencia a la venta de productos confeccionados a partir de la marihuana, lo cual se realizaba sin las debidas autorizaciones legales y supervisión correspondiente.




