Delitos cometidos contra el campo

Delitos cometidos contra el campo

Por el experto en seguridad: Edward Holfman

La inseguridad en el sector agropecuario es un flagelo, afecta también no solo a los productores rurales, también afecta a la economía del País, la industria del abigeato y el robo de animales son importante y genera grandes pérdidas.
Un denominador común de los delitos de abigeato o robo de animales, es el sentimiento de bronca, impotencia e impunidad que relatan los damnificados, cada vez con mayor frecuencia.
Algunos de los delitos que podemos son cometidos contra el campo en la actualidad:
1 DELITOS DE ASESINATO, ROBOS, COPAMIENTOS
2 ROBO DE ANIMALES
3 CONTRABANDO DE ANIMALES
4 FAENA CLANDESTINA DE ANIMALES
5 ROBO DE MAQUINARIA y HERRAMIENTAS DE CAMPO
6 ROBO DE COSECHA
7 ROBO DE PRODUCTOS AGROQUÍMICOS
8 USURPACION DE VIVIENDAS Y DE CAMPOS
9 INCENDIO INTENCIONAL DE CAMPOS
El abigeato es un delito punible y previsto en muchos códigos legales de la mayoría de los países ganaderos. El delito de abigeato consiste en el robo o hurto de ganado u otro tipo de animales, vaca, equino u ovino. Antiguamente el ladrón de ganado recibe el nombre de “cuatrero o abigeo”.
Para combatir el abigeato o el robo de animales hay varios métodos que se aplican en el mundo, desde adquirir armas de fuego para su defensa, mejorar la tecnología, el equipamiento, hasta modernas técnicas, en las que se compara el ADN del animal faenado con el de las carnicerías o mataderos. En la actualidad el desarrollo de la trazabilidad, uno de los tantos cometidos es el control del abigeato, la faena clandestina.
La legislación vigente de nuestro País, Ley Nº 19.418 DELITO DE ABIGEATO Modificaciones de los artículos del CÓDIGO RURAL:
Comete el delito de abigeato y será castigado con tres meses de prisión a seis años de
penitenciaría, el que con intención de matar, diere muerte, faenare o se apoderare con
sustracción de ganado vacuno y bubalino, caballar, lanar, cabrío, porcino, cualquier otra
especie de corral o criadero, colmenas, cueros, lanas, pieles, plumas o cerdas ajenos; y el
que marcare o señalare, borrare, modificare o destruyere dispositivos de identificación
individual oficial, o las marcas y señales de animales o cueros ajenos, para aprovecharse de
ellos.

Con igual pena será castigado quien recibiere, ocultare, comercializare o de cualquier
forma dispusiere de los productos obtenidos de la comisión de un delito de abigeato en
cualquiera de sus formas”.
.- La pena prevista en el artículo 258 será de dos a ocho años de penitenciaría, cuando
concurra alguna de las siguientes circunstancias agravantes especiales o cuando el Juez
entienda al considerarlas en relación con las demás características del caso, que hacen
presumir la actuación concertada de dos o más personas con fines de lucro, antes, durante
o después de la ejecución del delito:
1º) Si para cometer el delito se emplearan vehículos de carga aptos para el transporte de
los objetos robados.
2º) Si para cometer el delito se dañaran cercos, cortando alambre, destruyendo o
arrancando postes, cadenas o cerrojos de porteras.
3º) Si para la comisión del delito se utilizaran guías de propiedad y tránsito o
documentación equivalente falsas o expedidas por terceras personas, o se falsificaran
boletas de marca y señal.
4º) Si se emplearen sevicias contra los animales.
Son circunstancias agravantes muy especiales:
1º) Ser jefe o promotor del delito.
2º) La de poseer la calidad de hacendado o productor agropecuario.
3º) La de poseer la calidad de funcionario público cuando haya actuado con violación de
los deberes de su cargo.
Será aplicable al delito tipificado en el artículo 258, la circunstancia atenuante establecida por el inciso segundo del artículo 342 del Código Penal, y en tal caso las penas serán las indicadas en dicho artículo 258”.
El Juez actuante dispondrá el comiso y remate de todo elemento que directa o indirectamente fuere empleado en la comisión de los delitos tipificados en los artículos 258 y 259”. (Montevideo 6 de julio del 2016).
Hasta fines del año 2019 el Ministerio del Interior, la Comisión Nacional Asesora Honoraria para la Seguridad Rural y cada Jefatura de Policía del País, funcionaba una comisión que se reunía una vez por mes para tratar las denuncias de “abigeato” y diversas problemática de las zonas rurales.
Cada Jefatura de Policía del País contaba con efectivos policiales designados para cada una de las zonas para prevenir y combatir especialmente el delito de “Abigeato” en lo que se llamaba el B.E.P.R.A. Brigada Especial para la Prevención y Represión del Abigeato. Tiene jurisdicción Departamental, y en el cumplimiento de su tarea de Prevención y Represión del Abigeato y delitos conexos como la faena clandestina, el contrabando de ganado y semovientes.
Interviene en forma directa, independiente de las Comisarías o Seccionales, en cumplimiento a directivas del Comando de la Jefatura o al hecho que lo requiera, pudiendo también intervenir en conjunto con otras Dependencias apoyándolas con los medios logísticos con que cuenta y la experiencia, conocimiento en el combate de estos delitos.
La cantidad de efectivos policiales que cumplían funciones en seguridad rural en las diferentes Jefaturas de Policías de todo el País era de 231 funcionarios. (año 2019 – Cifras oficiales).
Así como en los delitos comunes existe la cifra negra, que son los delitos que no se denuncian a las autoridades, en la actividad rural “en el campo” también existe varios delitos que a nivel rural “la gente no hace la denuncia correspondiente porque no tiene cómo demostrar su existencia o la compra de los mismos”. Esta situación se convierte en uno de los mayores problemas, por no saber realmente la cantidad, la modalidad, la zona donde se registran los delitos y no poder georreferenciar los mismos, asignar los recursos humanos, materiales y tecnológicos adecuados para prevenir y combatir los delitos en la zona rural.
Algunas consideraciones importantes a tener en cuenta:
 Mesas Locales para la Convivencia y Seguridad Ciudadana
 ADN
 Animales protegidos
 Jaurías
Mesas Locales para la Convivencia y Seguridad Ciudadana
¿Qué son? Son un espacio de participación e intercambio entre diferentes actores sociales para trabajar en los temas relacionados con la seguridad y la convivencia desde una mirada local.
¿Quiénes la integran? La seccional del barrio con la Policía Comunitaria, representantes de los Consejos Vecinales, representantes de institucionales a nivel local, vecinas/os, que deseen participar activamente en el compromiso de mejorar la seguridad y convivencia.
¿Para qué se forma una mesa local? Para identificar problemas de convivencia y seguridad, para establecer prioridades y acuerdos y programar acciones en conjunto, logrando compromisos entre las instituciones y los vecinos buscando las posibles soluciones a los problemas.
¿Cómo integrarse? Informándose en la seccional de su barrio, en el Municipio o comunicándose al Ministerio del Interior al programa de Mesas Locales para la Convivencia y Seguridad Ciudadana.

ADN

El ácido desoxirribonucleico proteína compleja que se encuentra en el núcleo de las células y constituye el principal constituyente del material genético de los seres vivos.
En el caso de abigeato, como en otros delitos, el elemento probatorio es muy importante y en este caso la utilización del ADN como prueba es esencial. Cada vez que hay un abigeato se toman muestras de los restos del animal faenado, por policía Científica o personal con curso de seguridad rural y se conservan adecuadamente. Si durante el transcurso de la investigación se encuentra otra prueba, estas se comparan y si coinciden, cumple el cometido, encontrar responsables. La importancia del ADN es clave.

Animales protegidos

Respecto a la caza de animales en peligro de extinción “animales protegidos”, hay cazadores que aun cazan especies no autorizadas, que no tienen permisos para cazar.
A su vez se relacionó este tipo de prácticas “caza” con el “abigeato” ya que muchos cazadores ingresan a campos sin autorización correspondiente y matan animales del
establecimiento

Jaurías
Las zonas rurales y los riesgos de los animales en jauría, es algo común en las zonas rurales y generan grandes daños. Estos animales han perdido su condición de domesticación para pasar a un estado de vida salvaje; son agresivos con sus presas y desarrollan estrategias de caza muy efectivas mediante jaurías. Continúan siendo perros pero nunca más serán domésticos, convirtiéndose en una amenaza latente para especies protegidas y otros animales rurales.
No son hechos aislado, ocurre con frecuencia en zonas rurales, donde se forman manadas de perros, que perdieron su condición doméstica, y que ellos juntos son un peligro para otros animales, inclusive para los seres humanos. La culpa no es del perro, naturalmente, pero el efecto de sus ataques podría poner fin a la existencia de algunas especies de nuestra fauna y genera grandes daños a los productores rurales y a los dueños de esos animales.
Existe/existía la Comisión de Seguridad Rural, integrada por Fiscalía, los Ministerios de Ganadería y del Interior y las gremiales agropecuarias, hizo un balance anual.
En los primeros diez meses del año 2017 hubo 1.343 denuncias por abigeato en todo el país. En igual período pero del año 2018, fueron 1.498 denuncias. Del mes de enero a octubre del año 2019, fueron son 1.707 denuncias.
Si se compara el 2017 con el 2018, el aumento de denuncias fue del 11,5 %. Si se compara el 2018 con este año, el crecimiento es del 13,4%. En parte se atribuye a que el robo de animales en ciudades y periferia, que antes se tipificaba como hurto, ahora se considera abigeato.

ABIGEATO
AÑO 2017 TOTAL DE DENUNCIAS 1.343 (INVOLUCRARON A 4.011 ANIMALES)
AÑO 2018 TOTAL DE DENUNCIAS 1.498 (INVOLUCRARON A 3676 ANIMALES)

1.498 1.707

13,4%

FALTANTE
AÑO 2017 TOTAL DE DENUNCIAS 1.164 (FALTANTE DE 10.265 ANIMALES)
AÑO 2018 TOTAL DE DENUNCIAS 1.120 (FATANTE DE 7.987 ANIMALES
El gobierno electo está en plena ejecución de acciones concretas en el tema de la seguridad rural y especialmente el delito de abigeato, con la creación de la Dirección Nacional de Seguridad Rural, que coordinada su accionar con el Ministerio de Defensa, Ministerio de Ganadería, las Intendencias Municipales de todo el País y el Instituto Nacional de Carnes (INAC), entre otras instituciones
La reciente Ley de Urgente Consideración Ley Nro. 19.889 amplió la aplicación de la legítima defensa presunta, en el ámbito rural “no solamente el propio establecimiento agropecuario, sino a zonas, vinculadas a la cercanía del propio ámbito considerado como de residencia”.
Para combatir los delitos rurales cada vez más frecuentes y que generan enormes pérdidas en los productores rurales hay que tomar una serie de decisiones claves.
El primer objetivo debe ser agilizar el sistema de denuncias en todo el País, con un protocolo estandarizado, con toda la información sistematizada, para poder brindar respuestas, adecuadas y conjuntas con todos los organismos del Estado que intervienen directamente o indirectamente para enfrentar este flagelo.
Hoy en día es importante para el combate de los delitos en el medio rural, la utilización de aplicaciones, medios informáticos, que faciliten a los productores en el medio rural, realizar las denuncias correspondientes, es una tarea clave e importante.
Seguridad Rural, debe contar con personal policial capacitado y entrenado para este tipo de delitos, la incorporación de vehículos y equipamiento adecuados, para recorrer las áreas rurales y la posibilidad de incorporar drones y otras tecnologías, infrarrojos, visión nocturna, para prevenir y combatir los delitos.
Realmente hay mucho trabajo por hacer y es importante el compromiso de todos, para lograr los resultados deseados, que es mejorar la seguridad en el medio rural y darle la verdadera importancia a un delito que está registrando enormes pérdidas económicas para grandes y pequeños productores rurales.
La preocupación de los productores rurales de todo el País es real y justificada, por ello hay que actuar en consecuencia en un tema de Seguridad Pública, en el medio rural. El Estado debe disponer de todos sus recursos, para que las actividades de producción en el medio rural se realicen con la mayor seguridad posible, evitar, la faena de ganado y el robo de animales y en consecuencia se respeten los derechos sobre la propiedad privada y la vida de los trabajadores y productores del sector rural.
Es importante la sistematización de toda la información referida a estos hechos “los delitos rurales” en función de saber los alcances y conocer las características sobre la ubicación, temporalidad y modalidades de este tipo de delitos. De esta manera se puede planificar las estrategias para su prevención y represión.
Con la información recolectada y registrada, hay que generar protocolos conocidos por todos, con el objeto de orientar la intervención ante todos los casos de delitos en el medio rural y estableciendo, los protocolos adecuados de actuación policial correspondientes, que aportarán elementos para su investigación y un mecanismo más ágil de las denuncias.
El relevamiento y recolección de los datos deberá estar a cargo de la recién creada, Dirección Nacional Seguridad Rural, lo que permitirá cuantificar y conocer las especificidades, de los delitos en el ámbito rural.
Tenemos que tener presente que es gente (delincuentes) que conoce bien lo que hacen y se dedican a ese tipo de delitos, conocen bien la zona y accede fácilmente a lugares, que no es sencillo acceder para robar o matar animales y levarse su carne.
Hay un riesgo oculto que muchas veces no se percibe, que es, el riesgo sanitario en el consumo de esa carne. De cada animal se puede sacar entre 200 a 250 kg aproximadamente. El riesgo que implica para quien termine consumiendo esa carne, al ingerir un alimento que no paso por un establecimiento de faena habilitado, que cumple con todos los protocolos sanitarios.
Tenemos claro que tanta carne faenada clandestinamente, no es para el consumo doméstico, para una familia tipo, que no tiene para acceder a un corte de carne. Estos delincuentes se dedican a comercializar la carne de forma ilegal, en ferias y comercios establecidos que la compran, muchas veces no saben su procedencia, pero igual la compran.
Cuando se comete este delito en el medio rural, hay una actuación judicial, pero en los hechos se termina en la aplicación de los mecanismos de libertad vigilada o suspensión condicional del proceso, lo que implica muchas veces “una suerte de impunidad”.

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