El domingo pasado un sujeto se contactó por Facebook con un usuario de la red social que tenía en su foto de perfil a una niña de 12 años. El individuo que reside en Maldonado, comenzó a mantener un dialogo con la supuesta menor, que inmediatamente tomó ribetes sexuales.
De forma insistente solicitaba que la niña le enviara fotos de sus partes íntimas. Al día siguiente, el hombre mayor de edad, continuó con el mismo tenor de las charlas.
Horas más tarde ya se dirigía a la niña como “mi amor” y se intensificó su contenido sexual. A esta altura el sujeto le enviaba fotografías de su miembro viril.
También insistía en que la menor se fotografiara desnuda.
Inmediatamente le pidió para encontrarse. Para sorpresa del hombre, quien estaba chateando con él, en todo momento, era el tío de la niña de la foto de perfil, que le había tendido una emboscada para desenmascararlo.
Así se pactó el encuentro dos días después en la Plaza México, donde fue esperado por la policía y detenido inmediatamente.
Llevado ante la justicia, la Fiscal del caso Sabrina Flores pidió que se realizara la formalización correspondiente con el articulo 277 bis, sobre delitos sexuales.
Pero el Juez desestimó el pedido, ya que entendió que al no haber sido el intercambio con la menor, sino con un adulto, no configuraba un delito.
Según pudo saber REVISTA CERO, la fiscal estará apelando el fallo en un plazo no mayor a los 15 días, luego vendrá la respuesta de la defensa, también en un plazo no mayor a los quince días y posteriormente será elevado a un tribunal.
El hombre está actualmente en libertad.
El que, mediante la utilización de tecnologías, de internet, de cualquier sistema informático o cualquier medio de comunicación o tecnología de trasmisión de datos, contactare a una persona menor de edad o ejerza influencia sobre el mismo, con el propósito de cometer cualquier delito contra su integridad sexual, actos con connotaciones sexuales, obtener material pornográfico u obligarlo a hacer o no hacer algo en contra de su voluntad será castigado con de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría. (*)
